El diario de mi Clínica prácticamente dia a día. Comentarios y problemas con los que me encuentro, patologías que se me presentan y otros temas podológicos o que no vienen a cuento. Por que me da la gana.

miércoles, 11 de marzo de 2009

Casos de gangliones. José Luis y la Web del Consejo.


Últimamente estoy teniendo muchos casos de pacientes con gangliones, ayer el último. Las dos intervenciones de ayer salieron bien en un principio. Hoy pongo varias fotos de casos de gangliones, algunas mías y otras no.


Los gangliones o quistes sinoviales son bultos muy frecuentes en los pies, tobillos, manos y muñecas. Se presentan en zonas adyacentes a tendones y articulaciones. Estos quistes, normalmente parecen un globito de agua lleno de un líquido transparente normalmente con consistencia de gel y mucoide. La causa de su formación no se conoce a ciencia cierta pero se forman en presencia de irritaciones y cambios mecánicos en las articulaciones y tendones. El tamaño es muy variable y cambiable, puede crecer e incluso desaparecer por completo. Pueden no ser dolorosos dependiendo de la localización. No son cancerosos ni se propagan.




El diagnóstico se basa normalmente en la ubicación y en el aspecto clínico del bulto. Su forma es normalmente oval o redondeada, siendo o muy blandos o muy firmes como los que se suelen localizar en los dedos. Con frecuencia la luz suele pasar a través de ellos.



La mayoría de las veces estos quistes no requieren cirugía si no son dolorosos o molestos o si no crecen mucho limitando la actividad. Se puede realizar una evacuación o aspiración para extraer el fluido del quiste. Si este recidiva o no produce alivio la evacuación, se puede volver a intentar e inyectar un esclerosante o corticoide para intentar destruir parte de la cápsula que genera el líquido. Si esto no funciona, recurriremos a la cirugía, la cual consiste en extraer todo el quiste con parte de la cápsula o vaina del tendón en donde está adherido.






Si no se extirpa bien toda la cápsula, puede suceder lo que al paciente de la foto de la izquierda, que después de operarlo, le volvió a salir.
















Deberemos de tener presente que si existen fuerzas mecánicas o irritaciones externas ( a causa por ejemplo del calzado ), deberemos eliminarlas, pues nos puede aparecer un nuevo quiste en la misma zona donde hemos extirpado el anterior, sin que ello sea debido a una mala extirpación, sino una neoformación quística consecuencia por ejemplo de una presión sobre un relieve óseo.


Algunos me escriben ciertos correos a mi e-mail para tirarme de la lengua y que lo publique en el blog. Los últimos iban dirigidos hacia el presidente del Colegio de Podólogos de Castilla y León, José Luis Muñoz, sobre la página Web del Consejo. En estos momentos, compañeros, estáis equivocados. Es cierto que José Luis tuvo que ver en la creación de la página Web del Consejo, pero ahora no tiene absolutamente nada que ver, ni en su actualización ni en los artículos publicados. Para que estéis mas seguros, creo, sin temor a equivocarme, que el que lleva la página Web actualmente, es el presidente del Colegio de Castilla la Mancha el compañero Francisco M. López Barcenilla.
Propuesta del PSOE para regular la prescripción por enfermeros y podólogos
03 Marzo 2009 17:38
Se une a la presentada por CiU en el Senado en el día de ayer
El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el día de hoy una Proposición de Ley para modificar la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de regular la participación de enfermeros y podólogos en la prescripción de determinados medicamentos.

Según su portavoz de sanidad, Pilar Grande, “el grupo socialista respalda con esta iniciativa el compromiso que asumió el Ministro de Sanidad para dar respuesta a una antigua reivindicación de los profesionales de la enfermería”. En su opinión, se trata de una cuestión que “está perfectamente asumida en la práctica diaria de la asistencia sanitaria en nuestro sistema de salud”, por lo que esta regulación “contribuirá a la mejora de la calidad y de la seguridad, tanto para los pacientes como para estos profesionales”.

Los socialistas mantienen, como se establece en la ley, que “médicos y odontólogos son los únicos profesionales sanitarios con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos”. Pero, manteniendo este precepto, consideran que “es conveniente modificar la ley para contemplar la participación en la prescripción de determinados medicamentos de otros profesionales sanitarios, como son los enfermeros y podólogos, desde el reconocimiento del interés para el sistema sanitario de su participación en programas de seguimiento de determinados tratamientos”.

Así, la proposición de Ley contempla la modificación del apartado 1 del artículo 77 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios en los siguientes términos: “La receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensación son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos. Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno regulará la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos en el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias”.

Asimismo, se contempla la extensión de la participación de estos profesionales a la prescripción de productos sanitarios.


Propuesta de CiU

La propuesta del PSOE se une a la Proposición de Ley de Modificación de la Ley del Medicamento de 2006 presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) en la Cámara Baja en el día de ayer. Su objetivo, según fuentes de CiU, “reglamentar la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos”.

Según reza su comunicado, “puede afirmarse que, a raíz de la moderna regulación, se ha reconocido a la profesión de enfermero una autonomía técnica y científica hasta ahora nunca contemplada en una norma”. Por esta razón, solicitan la modificación del artículo 77.1 de la Ley 29/2006 para que las autoridades sanitarias establezcan unos protocolos institucionales que aseguren una “atención integral de la salud y una continuidad asistencial”, en colaboración con el médico o el odontólogo.

Asimismo, dentro de la proposición se establece “un plazo de un año para que el Gobierno establezca la relación de medicamentos que podrán ser usados o, en su caso, autorizados por profesionales sanitarios diferentes de médicos u odontólogos, así como las condiciones específicas en las que los pueden utilizar y los mecanismos de participación con los médicos en programas de seguimiento de determinados tratamientos”.

MAÑANA SI PUEDO CUENTO LO DE LOS PUEBLOS DE SALAMANCA. NUEVA HISTORIA