martes, 3 de marzo de 2015

K-Láser Cube 4 (Úlceras, fascitis, tendinitis, onicomicosis.). Electrobioral. Medicamentos de uso Compasivo.

Últimamente estamos tratando muchas úlceras a diabéticos y con un resultado bastante aceptable, que no quiere decir excepcional. Estamos utilizando muchos tratamientos, entre ellos como ya he dicho, el Heberprot-P y el K-Láser Cube 4 el cual nos está dando buenos resultados cuando otros tratamientos no están funionando. El Heberprot-P también nos da muy buenos resultados pero lo utilizamos menos por varios motivos.
Este paciente de la foto me lo mandó el compañero José Luis Fernandez Lago, Presidente del Colegio de Podólogos de Asturias. El paciente presentaba una gran úlcera a nivel lateral del pie, del cual había sido amputado el quinto radio. Estaba siendo tratado por José Luis con éxito en Gijón con el K-Láser Cube 4 pero el paciente tenía que pasar una temporada en Salamanca y me lo remitió. Gracias José Luis.


El paciente estaba encantado con el tratamiento, y en pocos días se iba viendo la evolución.
En la foto se puede ver cual era la amplitud de la úlcera y cual es ahora, así como el aspecto de la misma.
Las bondades de ciertos láseres son evidentes y aún así, no son siempre efectivos para muchas patologías, sean del tipo que sean, por eso, me hace gracia cuando venden láseres que cuestan 3000 dólares y algunos bastante menos que dicen que sirven para todo, absolutamente para todo y ponen resultados increíbles. Los venden con una parafernalia y un marketing tremendo y resulta que la gente los compra y no sirven para casi nada, tan solo ayudan algo a ciertas patologías, es lo mismo que un láser de 50.000 dólares, tampoco sirve para todo y en bastantes ocasiones falla para una misma patología en pacientes distintos, pero las longitudes de onda con las que se puede jugar, la potencia, los watios, la penetración, la amplitud de campo, el trabajar con varias longitudes de onda a la vez, el tiempo de pulsos, nada tiene que ver con un láser de juguete para las barbies.
Otro caso, este fue epectacular. Paciente diabético con úlcera en talón y zona preulcerosa. Estaba siendo curado en su centro de salud y así llevaba mas de 7 meses. Nos lo remitió una enfermera a la clínica y le propusimos intentarlo con el K-Láser Cube 4 y aceptó a pesar de decirle que no le podíamos asegurar la curación y tendrían que ser bastantes sesiones y el tratamiento es caro.
Antes de darle las sesiones de láser le dábamos baños de Electrobioral, el cual no está dando también bastante buen resultado y como siempre digo, en otros caso no nos hace nada, lo mismo que el láser, pero esto es así. Magia en el teatro y milagros los de Dios, no mas.
El caso fue que comenzamos a darle las sesiones primeramente días seguidos durante cuatro días y posteriormente un días sí y otro no, y el día por medio, solo con el Electrobioral. Pues bien, en dos semanas la úlcera casi se ha cerrado y se ha secado, solo queda una pequeña erosión central.
El resultado es muy bueno en poco tiempo.
Micosis ungueal
El tratamiento de la micosis con el K-Láser Cube4 también está dando buenos resultados.
A veces clínicamente nos equivocamos y nos pensamos que es un tipo de hongo y resulta que luego es otro, como me pasó con el paciente de la siguiente foto, yo no pensaba ni en Trichophyton ni en Candida y y resulta que tenía las dos cosas.
Esta micosis nos estaba resultando resistente a todos los tratamientos. Era sensible a los antifúngicos que veis en el antifungigrama: Fluconazol, Itraconazol y Voriconazol, y con ninguno se solucionó.
Le comenzamos a tratar con el ácido nítrico y mejoró mucho pero no terminó de curarse del todo por lo cual decidimos pasar a una terapia mixta de ácido nítrico y K-Láser.
Parece que con el ácido y el K-Láser va mejorando mucho mas. El ácido nítrico para las onicomicosis se ha popularizado en todos los países, pero mucho mas en España desde hace 5 años cuando comencé a hablar de el en mi blog y en facebook, gracias a la compañera Jaqueline Delgado, la Bruja de Popayán, que fue la que me lo enseñó. Yo no he hecho nada mas que introducirlo y darlo a conocer mas publicamente pero era un tratamiento que ya existía en España pero que no había sido suficientemente difundido. Un compañero español ya lo utilizaba y lo comentó con otros compañeros pero no se difundió hasta que la compañera Jaqueline Delgado me lo enseñó y yo lo comencé a publicar.
Para la fascitis plantar también nos está siendo efecto el K-Láser Cube 4 y cuando digo efectivo, no digo que sea especialmente muy efectivo sino que tiene un porcentaje bastante alto de eficacia para esta patología. Con el K-Láser hemos solucionado problemas de fascitis que estábamos a punto de operar por que no se curaban con ninguno de los tratamientos que con anterioridad habien sido tratados los pacientes. En otras ocasiones nos ha venido muy bien para fascitis agudas, que es cuando estamos viendo mas alta efectividad, en cambio, para fasciosis y falcitis cronificadas la eficacia es menor.
Estamos tratando a muchos atletas de fascitis y muchos de ellos ya se decantan desde el primer momento por el tratamiento con el K-Láser, además nos lo vienen pidiendo. A los que llevan mucho tiempo con fascitis o con fasciosis les indicamos que no es el tratamiento de elección que primero debemos probar otro tipo de tratamientos, como plantillas.
El K-Láser tiene un programa para los pacientes con espolón calcáneo pero sinceramente no he visto grandes resultados con este programa, creo que aquí falla.
Donde nos está dando grandes y excelentes resultados es en la curación de úlceras y heridas, tanto en pacientes diabéticos y vasculares como en otro tipo de pacientes y en los post operatorios. Hemos tenido resultados muy buenos.
La úlcera de esta foto fue cerrada en tan solo un mes. Además ha estos pacientes con úlceras plantares siempre hay que hacerle unas plantillas de descarga si no queremos que la úlcera se vuelva a abrir, pues aunque cerremos las úlcera bien con Heberprot-P, con K-Láser, con magia china o con lo que sea, si no quitamos la sobrecarga, la piel volverá a abrirse, no tengáis duda.
Como he comentado anteriormente y en otras entradas, estamos combinando el tratamiento del K-Láser Cube 4 con las curas con Electrobioral, y de veras que los resultados son muy buenos, pero como siempre, algún paciente no responde ni a uno ni a otro.
A veces las evoluciones de las úlceras y heridas en diabéticos y en enfermos vasculares son espectaculares, pero en otras ocasiones se demoran mucho tiempo en cerrar o bien, involucionan, evolucionan negativamente dándonos un gran disgusto.
Muchos me estáis escribiendo y llamando sobre ciertos medicamentos y voy a comentar algo en líneas generales y me voy a referir al uso de medicamentos que utilizamos y que no están comercializados en uno u otro país, o medicamentos que aún están en fase de ensayo clínico o bien medicamentos que tienen indicaciones diferentes para las cuales lo estamos utilizando.
Me voy a referir a tratamientos compasivos o a medicamentos de uso compasivo. Medicamento Compasivo es aquel medicamento que se administra a un paciente antes de que el fármaco haya recibido la aprobación oficial para una indicación en concreto, o puede ser un medicamento que SÍ ESTÉ APROBADO Y COMERCIALIZADO pero para otras patologías o indicaciones y lo utilicemos para otra patología para la cual no está indicado concrétamente pero que se sabe que es efectivo o puede serlo para esa situación y patología en concreto. También es posible utilizar un medicamento para uso compasivo aunque no esté ni aprobado ni comercializado en un país pero que SÍ ESTÉ APROBADO OFICIALMENTE EN OTRO.
Estos medicamentos los podemos utilizar cuando otros tratamientos indicados no hayan funcionado con anterioridad o bien cuando cuando veamos que el beneficio riesgo y efectividad supera a los tratamientos convencionales y habituales.
El proceso para administrar un medicamento de uso compasivo comienza con la decisión del facultativo, médico, podólogo, odontólogo....El facultativo debe informar al paciente sobre este tratamiento, de todas sus ventajas e inconvenientes, beneficios y efectos secundarios y posibles complicaciones, y el paciente o su representante legal deben de aceptar y firmar las cláusulas de riesgo que existen.
Una vez que el paciente acepta ser tratado con ese medicamento y para esa indicación en concreto que queramos tratar, los documentos necesarios para que la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios acepten el uso del fármaco, son el PROPIO PERMISO DEL PACIENTE y EL INFORME DEL FACULTATIVO ( Médico, Podólogo) justificando el uso del fármaco. 
Todos los medicamentos que se comercializan tienen una serie de usos autorizados, fuera de los cuales no es lícito el poder emplearlos, salvo en el denominado uso compasivo. Este concepto está orientado a la atención de necesidades especiales de tratamiento de situaciones clínicas de pacientes concretos y a todo esto nos podemos acoger para utilizar determinados medicamentos en situaciones concretas.
El uso compasivo del medicamento, en sentido amplio y general, puede entenderse como la necesidad de utilizar un medicamento para fines no autorizados todavía, bien porque dicho medicamento se encuentre en las fases de ensayo clínico y éstas no hayan sido completadas (lo que sería el concepto clásico del uso compasivo), o bien porque sea necesario prescribir fármacos comercializados, pero que van a ser utilizados en condiciones distintas a las autorizadas (concepto éste último que supera la definición estricta de uso compasivo pero que está admitido).
También se puede entender como uso compasivo en sentido amplio el acceso a medicamentos no autorizados en España, siempre que estén legalmente comercializados en otros estados.
Nunca podremos utilizar un medicamento con fines de investigación si esta no cumple determinados requisitos y el proyecto es aprobado, algo que en nuestra práctica clínica diaria es casi inviable o se puede dar en ocasiones excepcionales, por lo demás, podemos utilizar medicamentos no comercializados ni autorizados aún en España, en Colombia, en Perú, en Ecuador, en México, y muchos mas países siempre que cumplamos los requisitos.
Hay un Decreto Ley del que ahora no me acuerdo que  establece el derecho del paciente o usuario a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles, y establece asimismo las condiciones para obtener el consentimiento del paciente tras proporcionarle la información pertinente.
Creo que a muchos de los que me habéis escrito y llamado os he contestado.