lunes, 18 de febrero de 2013

Hallux rígidus. Higroma en dorso de quinto. Tumoración subungueal. SENTENCIA CONTRA EL CONSEJO DE COLEGIOS DE PODÓLOGOS.(LA JUNTA DE GOBIERNO ESTÁ ILEGALMENE CONSTITUIDA POR SUCESIÓN ILEGAL)

De nuevo una intervención de Hallux rígidus con la colocación de un implante. Al paciente ya le había operado hace seis años del otro pie, donde le coloqué otro implante, del cual está estupendamente. El paciente es cazador y antes de la intervención ya no podía salir ni a pasear de los grandes dolores que tenía. Ha estado seis años estupendamente pero el otro pie le ha comenzado a dar los mismos problemas y no se lo ha pensado dos veces, vino directamente para que le operase y le colocase otro hemiimplante para la articulación metatarsofalángica del primer dedo. De esta cirugía no tengo nada mas que estas fotos que sean ponibles pero es que en la intervención estuvo de fotógrafo el compañero José Miguel y no entendía muy bien la cámara, por lo cual, todas las demás le quedaron borrosas y movidas, la mayoría de ellas desenfocadas. En las fotos se puede ver el lamentable estado de la articulación, el cartílago articular de la cabeza del metatarsiano estaba destrozado y en algunas partes era inexistente. La cirugía fue complicada por la gran fibrosis que presentaba.
El hombre, con 63 años, tiene una vida muy activa y consultó en la seguridad social para ver si le podían realizar la misma intervención que le realicé hace 6 años y la respuesta fue que le realizarían la intervención que creyesen conveniente en el momento oportuno, por lo cual decidió volver directamente a que le operase yo. En las fotos anteriores ya está realizada la artroplastia y el agujero central donde va a ir colocado el implante de prueba, algo que hice antes de estas fotos de a continuación pero que no puedo poner  por lo desenfocadas y poco nítidas que están. En la foto de arriba se puede ver el implante que le coloqué, y en la foto de la izquierda, midiendo.
Realizando la muesca para introducir el vástago del hemiimplante.
Implante a colocar definitivamente.
En la foto anterior impactando y colocando el implante, en esta, el implante colocado.
Terminando la intervención, remodelando la zona.
Suturando la incisión
Un paciente vino con gran dolor en el dorso del 5º dedo y presentaba un higroma con infección. Al delaminar comenzó a supurar. Esto es algo muy frecuente en la consulta diaria de todos los podólogos, pero pongo el caso por que el paciente en cuestión, también fue a la Seguridad Social y su médico de cabecera no le hizo absolutamente nada, algo que nos favorece mucho a los podólogos, sinceramente, tan solo le dijo que se diese con una pomada dos veces al día durante unos cuantos días; le mandó voltarén. No sé si hacen esto por desconocimiento o por falta de interés y atención, el caso es que su actuación beneficia a la Podología.
Aspecto con el que quedó el dedo una vez curado. Ahora curas locales con pomada antibiótica y apósito. En pocos días, cerrado.
Este otro caso es el de una paciente que presentaba dolor en la uña del primer dedo, zona subungueal. Al presionar la uña con mi dedo comenzó a supurar. La uña estaba blanqucina con una pequeña zona enrojecida, como se puede observar en la foto. La lámina estaba totalmente adherida al lecho ungueal, tan solo una pequeña porción de la misma estaba despegada, por donde supuraba.
Después de anestesiar a la paciente levanté el trozo de lámina ungueal que se encontraba en la zona del dolor y que cubría la zona enrojecida y me encontré con la siguiente lesión, al cual aún  o se que es pues pueden ser varias cosas. Realicé una excisión de la zona y mandé la muestra a anatomía patológica para que el anatomopatólogo nos diga el diagnóstico definitivo, y creo que puede ser un tumor glómico o un carcinoma (espero que no), ya veremos.




SENTENCIA CONTRA EL CONSEJO DE COLEGIOS DE PODÓLOGOS.
A primeros de Enero, creo que el día 8, se publicó la sentencia contra el Consejo General  de Colegios Oficiales de Podólogos, la cual fue dictada el 14 de Diciembre, y aquí no se ha sabido nada de nada, ni los Colegios de Podólogos han informado ni hay intención de hacerlo pues en varias Asambleas Generales se ha tapado el tema. 
La sentencia dice lo siguiente:
Estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal del Colegio de Podólogos de Castilla la Mancha, contra el acuerdo adoptado en el punto 6º de la Asamblea General de 17 de Diciembre del 2010 del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, confirmado en vía de recurso de reposición por acuerdo de dicho órgano de fecha de 29 de Marzo 2011, DEBEMOS ANULAR Y ANULAMOS, por no ser conforme a derecho, dichos acuerdos dejándolos sin efecto y con la consecuencia legal de retroacción de las actuaciones administrativas, a fin de que por la citada Asamblea General vote el nombramiento de una Junta Gestora  que convoque elecciones a Junta de Gobierno de acuerdo con los estatutos vigentes; sin que proceda expresa imposición sobre las costas de este recurso.
Notifiquese esta resolución a las partes adviertiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, el cual, en su caso, se preparará ante esta Sala en el plazo de 10 días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, mediante escrito en el que deberá manifestarse la intención de interponer recurso, con sucinta exposición de la concurrencia de los requisitos exigidos.
Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente Juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Esta es la sentencia y resolución. Que yo sepa, la parte demandada, o sea, el Consejo General no ha hecho ningún tipo de recurso por lo cual, acata la sentencia que hay que cumplir, y si esto es así, SEGUIMOS ESTANDO ILEGALES EN EL CONSEJO, el cual debe de convocar nuevas elecciones a Junta de Gobierno. Todo, absolutamente todo, se ha hecho mal. Ahora se debe empezar de nuevo, proclamar una Junta Gestora y convocar elecciones de nuevo, y si esto no se hace, lo que se debe de hacer es pedir la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA.